Tramitación Electrónica
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Consentimiento para notificación electrónica

Modelo de solicitud de consentimiento para notificación electrónica


Finalidad

Mediante la cumplimentación de este trámite usted da su consentimiento expreso a ser notificado a través de la sede electrónica del Consorcio de Tributos de Tenerife.

Quien lo puede presentar

Cualquier persona que posea certificado reconocido.

Plazos de presentación

Con carácter general la solicitud podrá presentarse en cualquier momento por medios electrónicos.

Efecto del silencio administrativo

No procede

Normativa básica

Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Art. 14.2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

  1. a) Las personas jurídicas.
  2. b) Las entidades sin personalidad jurídica.
  3. c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
  4. d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
  5. e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración

Nivel de identificación del solicitante

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