Registro electrónico
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Domiciliación bancaria

Solicitud de domiciliación bancaria de recibos


Finalidad

Domiciliación bancaria para el pago de tributos y tasas

Quien lo puede presentar

Contribuyentes y demás usuarios de los servicios del Consorcio de Tributos de Tenerife

Plazos de presentación

Las solicitudes de domiciliación, modificación o traslado habrán de realizarse con una antelación mínima de un mes antes del comienzo del plazo de ingreso en período voluntario establecido para el ingreso del tributo de que se trate

Presentación

En el registro telemático del Consorcio, ubicado en la sede electrónica sede.tributostenerife.es, o en los establecidos en el artículo16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Órgano gestor

Recaudación y Gestión Financiera

Efecto del silencio administrativo

No procede

Normativa básica

Artículo 9 de la Ordenanza Fiscal del Consorcio de Tributos de Tenerife

Información Adicional

Puede consultar la fecha de cargo en cuenta de los padrones en el calendario fiscal de la web.

Documentación relacionada

- 102 - Domiciliación Bancaria : Formulario para la domiciliación bancaria de tributos.

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Documentación
Domiciliación bancaria (formulario)
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